Artículo 41.
Forman parte del patrimonio de la Universidad todas las colecciones documentales, fotográficas, escultóricas, pictóricas o artísticas adquiridas por el Instituto, previa formalización del instrumento jurídico consensual correspondiente y mediante el procedimiento establecido por la Legislación Universitaria.
Artículo 42.
Las áreas de archivos y bibliotecas establecerán su forma de catalogación y lo harán del conocimiento del Comité, con apego en los lineamientos internacionales.
Artículo 43.
Los bienes de los acervos de cada área de archivo y biblioteca que sean susceptibles de prestar en comodato, deberán seguir el procedimiento que establezca el Comité, observando lo aplicable de conformidad con la Legislación Universitaria.
Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria
Horarios de atención / Teléfonos: 5622 • 7250 y 5622 • 6999 extensiones 85125 (servicio al publico), 85122 (oficinas), 85044 (coordinación)
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